Mi ex no me deja ver a mis hijos: ¿qué puedo hacer?

Mi ex no me deja ver a mis hijos: cómo dejar constancia, reclamar el cumplimiento de las visitas y proteger el vínculo familiar en Cunit y poblaciones cercanas.

FAMILIA

Equipo jurídico YUSLEX

8/12/202611 min read

Habías organizado el día para estar con tus hijos.

Quizá estabas esperando en la puerta, dentro del coche o en el lugar donde habíais quedado. Pero no aparecieron. Puede que tu expareja cancelara en el último momento, dejara de contestar o te dijera que los niños no querían ir contigo.

Y ahora no sabes cómo reaccionar.

Quieres hacer algo, pero temes que cualquier paso se vuelva en tu contra. No quieres montar una escena delante de tus hijos. Tampoco quieres quedarte quieto mientras pasan los días y la relación con ellos se va debilitando.

Lo primero que necesitas saber es esto: no tienes que elegir entre resignarte o iniciar una guerra.

Hay formas de dejar constancia de lo que está ocurriendo, reclamar una solución y proteger el vínculo con tus hijos sin convertirlos en el centro del conflicto.

¿Puede mi expareja impedirme ver a mis hijos?

No puede decidirlo por su cuenta simplemente porque esté enfadada contigo, porque tengáis una mala relación o porque no esté de acuerdo con tu forma de organizar las visitas.

Si existe una sentencia, un auto o un convenio aprobado que establece cuándo deben estar los hijos con cada progenitor, ambos deben respetarlo.

Esto no significa que cualquier retraso o cambio puntual sea automáticamente un incumplimiento grave. Los niños enferman, aparecen imprevistos y a veces es necesario adaptar los horarios. El problema surge cuando las cancelaciones se repiten, no existe una razón suficiente o se utilizan las visitas como una forma de presión.

También puede ocurrir que todavía no tengáis ninguna medida formal. En ese caso, la situación es más difícil de exigir porque no existe un calendario concreto que pueda ejecutarse. Pero eso no significa que uno de los progenitores tenga derecho a excluir al otro indefinidamente.

La respuesta adecuada depende, por tanto, de una cuestión fundamental: ¿existe ya una resolución o un acuerdo aprobado que regule las estancias con los hijos?

Todavía no tenemos sentencia ni convenio: ¿qué puedo hacer?

Cuando una pareja se separa, puede pasar algún tiempo hasta que exista una regulación formal. Durante ese periodo, muchas familias consiguen organizarse mediante acuerdos provisionales. Otras quedan atrapadas en una situación en la que uno de los progenitores decide cuándo y cómo puede ver el otro a los hijos.

Si todavía no existe ninguna medida, intenta formular una propuesta concreta y razonable por escrito.

No envíes veinte mensajes preguntando cuándo podrás verlos. Propón algo que pueda responderse con claridad:

“Me gustaría recoger a los niños el viernes a las cinco y devolverlos el domingo a las siete. Si ese horario no es posible, dime por favor qué alternativa propones.”

Este tipo de comunicación tiene dos ventajas: intenta resolver la situación y deja constancia de que estás solicitando mantener el contacto con tus hijos de forma organizada.

Si no recibes respuesta, las negativas se repiten o se te impide tener una relación normal con ellos, puede ser necesario solicitar judicialmente medidas que establezcan la guarda, las estancias, las comunicaciones y las responsabilidades de cada progenitor.

Cuando existe urgencia, también pueden valorarse medidas provisionales para evitar que la falta de regulación se prolongue mientras se resuelve el procedimiento principal.

Ya existe un régimen de visitas y no lo cumple

Si una resolución establece los días, horarios y condiciones de las estancias, no basta con que tu expareja decida que ya no le parece adecuado.

Las medidas deben cumplirse mientras no sean modificadas por un nuevo acuerdo aprobado o por otra resolución judicial.

Si el incumplimiento es puntual y existe una explicación razonable, lo más útil suele ser buscar una fecha alternativa y dejarla confirmada por escrito. Pero si se convierte en una conducta habitual, será necesario empezar a documentar cada episodio.

Anota:

  • El día y la hora en que debía producirse la entrega.

  • El lugar acordado.

  • Si acudiste y cuánto tiempo esperaste.

  • Qué explicación recibiste.

  • Los mensajes intercambiados.

  • Si se ofreció una fecha alternativa.

  • Si había alguna persona presente que pueda confirmar lo sucedido.

No se trata de construir un expediente contra tu expareja por cada pequeño retraso. Se trata de poder demostrar un patrón si el problema continúa.

Cuando existe una resolución incumplida, puede solicitarse su ejecución para que se exija el cumplimiento de las medidas. El incumplimiento reiterado puede tener consecuencias y, cuando resulte adecuado para el interés de los menores, llegar a justificar una revisión del régimen existente.

¿Debo ir a buscar a mis hijos de todas formas?

Si existe un lugar y una hora de entrega establecidos, acudir puede ser importante para demostrar que estabas dispuesto a cumplir.

Pero no debes convertir la recogida en una confrontación.

No intentes entrar por la fuerza en la vivienda. No bloquees una puerta, no grites, no amenaces y no discutas delante de los niños. Tampoco trates de llevártelos mediante engaños o aprovechando un descuido.

Si llegas al lugar acordado y no se realiza la entrega:

  1. Espera un tiempo razonable.

  2. Envía un mensaje breve y tranquilo dejando constancia de que estás allí.

  3. Pregunta si existe algún problema y cuándo se hará la entrega.

  4. Conserva la respuesta o la ausencia de respuesta.

  5. Retírate si la situación puede convertirse en una discusión.

Marcharte sin montar una escena no significa renunciar a tus derechos. En muchas ocasiones es la forma más responsable de proteger a los hijos y preservar la posibilidad de reclamar después.

¿Conviene llamar a la policía?

Depende de lo que esté ocurriendo.

Si existe una situación de peligro, amenazas, violencia, desaparición o riesgo inmediato para los menores, llama al 112.

Cuando el problema es únicamente que no se ha realizado una entrega prevista, la intervención policial puede servir, según las circunstancias, para evitar una alteración o dejar constancia de una incidencia. Pero la policía no siempre podrá obligar materialmente a entregar a los niños en ese momento ni resolver un conflicto familiar en la puerta de una vivienda.

El cumplimiento ordinario de las medidas familiares suele reclamarse ante el juzgado correspondiente.

Por eso, no conviertas la llamada a la policía en una amenaza repetida ni la utilices como primera respuesta ante cualquier retraso. Si la situación no es urgente, documenta lo sucedido y busca asesoramiento para escoger la vía adecuada.

¿Cómo puedo demostrar que no me deja verlos?

Los mensajes son especialmente útiles cuando muestran de manera sencilla:

  • Qué estancia estaba prevista.

  • Que confirmaste tu disponibilidad.

  • Que acudiste o intentaste organizar la recogida.

  • Que la otra persona canceló o se negó.

  • Que propusiste una alternativa.

  • Que los impedimentos se han repetido.

Procura que tus propios mensajes sean breves y respetuosos. Si tus comunicaciones están llenas de insultos, amenazas o discusiones ajenas a los hijos, será mucho más difícil que reflejen con claridad el problema.

También pueden ser relevantes:

  • Correos electrónicos.

  • Registros de llamadas.

  • Calendarios compartidos.

  • Justificantes de desplazamiento.

  • Comunicaciones del colegio cuando afecten a recogidas o actividades.

  • Testigos que hayan presenciado una entrega frustrada.

  • Denuncias o partes de incidencias, cuando realmente procedan.

No manipules conversaciones, no edites capturas para ocultar respuestas y no accedas sin permiso al teléfono o a las cuentas privadas de tu expareja.

Guarda la conversación completa y conserva los documentos originales.

¿Debería enviar un burofax?

Un requerimiento escrito puede ser útil cuando los mensajes informales no están funcionando, especialmente si ya existe un régimen aprobado que se incumple repetidamente.

El objetivo no debería ser intimidar, sino dejar clara la situación:

  • Qué medida está vigente.

  • Qué incumplimientos se han producido.

  • Qué cumplimiento se solicita.

  • Qué propuesta concreta se plantea para normalizar las estancias.

  • Que, si el problema continúa, se valorarán las acciones correspondientes.

No todos los casos necesitan empezar con un burofax. A veces una comunicación profesional bien planteada permite reconducir la situación. Otras veces, si existe una urgencia o un historial prolongado, esperar otro requerimiento solo retrasa una actuación necesaria.

Mi ex dice que los niños no quieren venir conmigo

Escuchar que tus hijos no quieren verte puede ser devastador.

Pero esa frase no debería aceptarse ni rechazarse automáticamente. Hay que entender qué está ocurriendo.

Un niño puede mostrarse reacio por muchas razones: le cuesta cambiar de casa, no quiere dejar una actividad, está enfadado por algo concreto, siente que debe elegir entre sus progenitores o lleva tiempo expuesto al conflicto familiar.

También puede existir un motivo serio que necesite ser escuchado y evaluado.

La edad, la madurez y las circunstancias del menor importan. No es lo mismo la resistencia puntual de un niño pequeño que el rechazo sostenido de un adolescente. Tampoco corresponde a los adultos interrogar a los hijos hasta conseguir la respuesta que quieren.

No respondas diciéndoles que el otro progenitor les manipula. No les pidas que graben conversaciones ni que te cuenten lo que ocurre en la otra casa para utilizarlo en un procedimiento.

Puedes decirles algo más sencillo:

“No tienes que elegir entre nosotros. Quiero saber cómo te sientes y encontrar una forma de que estés bien.”

Si el rechazo persiste, puede ser necesario analizar la situación con profesionales y valorar medidas que permitan recuperar el vínculo de forma segura y progresiva.

¿Y si existe una razón real para suspender las visitas?

El bienestar de los menores está por encima del cumplimiento mecánico de un horario.

Si existe un peligro concreto —violencia, abuso, consumo que afecte al cuidado, una situación grave de desatención o una orden judicial incompatible con las visitas— no debe ignorarse.

Pero una sospecha seria no debería convertirse en una suspensión indefinida decidida unilateralmente sin pedir ayuda.

Cuando existe una situación de riesgo, pueden solicitarse medidas urgentes y establecerse condiciones de seguridad. En determinados casos, las relaciones pueden desarrollarse de forma supervisada o mediante un punto de encuentro familiar.

Si tu expareja afirma que hay un riesgo y tú consideras que la acusación es falsa, no respondas intentando desacreditarla públicamente ni presiones a los hijos para que te defiendan. Conserva las comunicaciones y busca asesoramiento inmediato.

Y si eres tú quien conoce un riesgo real para tus hijos, no lo reduzcas a una discusión sobre el régimen de visitas: comunícalo a los servicios o autoridades correspondientes y solicita las medidas necesarias.

¿Puedo dejar de pagar la pensión si no me deja verlos?

No.

La obligación de contribuir a los alimentos de los hijos y el derecho a relacionarte con ellos son cuestiones diferentes.

Aunque tu expareja esté incumpliendo el régimen de estancias, no deberías responder dejando de pagar la pensión. Esa decisión perjudica a los hijos y puede generar una reclamación económica e incluso otras consecuencias dependiendo del caso.

Del mismo modo, pagar la pensión no convierte las visitas en un intercambio ni permite “comprar” tiempo con los menores.

Si no se cumple el régimen, reclama ese incumplimiento por la vía adecuada. Si la pensión ya no se ajusta a tu situación económica, solicita una modificación. No intentes solucionar un problema creando otro.

¿Puedo pedir que cambie la guarda o la custodia?

Un incumplimiento aislado no suele justificar por sí solo un cambio completo de la organización familiar.

Pero los incumplimientos reiterados pueden ser relevantes, especialmente cuando afectan de forma seria a la relación de los hijos con uno de sus progenitores.

La cuestión principal no es castigar a quien incumple. Es determinar qué organización protege mejor el interés de los menores.

Para valorar una modificación se analizará, entre otras cuestiones:

  • La frecuencia y gravedad de los incumplimientos.

  • Los motivos alegados.

  • El efecto que están teniendo sobre los hijos.

  • La capacidad de cada progenitor para favorecer la relación con el otro.

  • La estabilidad que ofrece cada propuesta.

  • La opinión de los menores cuando corresponda.

  • Si existe algún riesgo que requiera protección.

Por eso conviene evitar promesas como “te quitarán la custodia”. Ningún resultado puede asegurarse sin conocer el caso y valorar qué medida beneficia realmente a los hijos.

¿Cuándo debo acudir al juzgado?

No todo cambio de horario necesita una demanda. Pero deberías plantearte actuar cuando:

  • Se te impide ver a tus hijos de manera continuada.

  • Las cancelaciones se han convertido en una rutina.

  • No existe ninguna voluntad de recuperar los días perdidos.

  • Se bloquean también las llamadas o comunicaciones.

  • Se han tomado decisiones importantes sin contar contigo.

  • Se pretende trasladar a los menores o cambiar su colegio sin acuerdo.

  • Ya existe una resolución y se incumple repetidamente.

  • El conflicto está deteriorando de forma clara la relación con tus hijos.

  • Existe una situación de riesgo o una urgencia que no puede esperar.

Si existe una resolución, normalmente se estudiará la posibilidad de solicitar su ejecución. Si no hay medidas, puede ser necesario iniciar el procedimiento para establecerlas. Cuando las circunstancias han cambiado de forma relevante, puede valorarse una modificación.

El camino adecuado depende de lo que ya esté aprobado, de la urgencia y de las pruebas disponibles.

¿Cuánto tiempo debería esperar antes de hacer algo?

No conviene reaccionar de forma desproporcionada ante un único imprevisto. Pero tampoco normalizar semanas o meses sin ver a tus hijos.

El paso del tiempo importa. Cuando una situación provisional se alarga, puede acabar convirtiéndose en la rutina de los menores y resultar más difícil recuperar una relación normal.

Si ha ocurrido una sola vez, pide una explicación y una fecha alternativa. Si comienza a repetirse, organiza las comunicaciones y consulta tus opciones. Si llevas tiempo sin contacto o existe una situación urgente, no sigas esperando a que el problema se resuelva solo.

Pedir orientación no significa que mañana tengas que presentar una demanda. Significa conocer qué margen tienes antes de que la distancia se haga mayor.

¿Qué hago si mi ex me provoca para que pierda los nervios?

No entres en ese terreno.

Durante un conflicto familiar, un mensaje enviado en diez segundos puede acompañarte durante meses. Antes de responder, pregúntate si escribirías lo mismo sabiendo que después podría leerlo otra persona.

Evita:

  • Insultos.

  • Amenazas.

  • Mensajes interminables.

  • Llamadas repetidas a altas horas.

  • Aparecer sin avisar fuera del horario acordado.

  • Discusiones delante de los hijos.

  • Publicar el conflicto en redes sociales.

  • Pedir a familiares que presionen a tu expareja.

  • Utilizar a los niños como mensajeros.

Puedes ser firme sin ser agresivo:

“Hoy correspondía la entrega a las 17:00 y me encuentro en el lugar acordado. Dime, por favor, si existe algún problema y a qué hora se realizará.”

Un mensaje así protege mucho más tu posición que una amenaza.

¿Qué puedo hacer hoy?

Si ahora mismo tu expareja te está impidiendo ver a tus hijos, empieza por ordenar la situación:

  1. Comprueba qué establece exactamente la sentencia, el auto o el convenio.

  2. Guarda las comunicaciones completas.

  3. Anota los días y las entregas que no se han producido.

  4. Formula una propuesta concreta y razonable por escrito.

  5. Solicita recuperar los días perdidos cuando sea posible.

  6. Evita discusiones y enfrentamientos delante de los hijos.

  7. No dejes de pagar la pensión como respuesta.

  8. Busca asesoramiento si el incumplimiento se repite o el contacto lleva tiempo interrumpido.

No necesitas resolverlo todo hoy. Pero sí conviene impedir que el silencio y la inacción conviertan una situación injusta en una nueva normalidad.

Tus hijos no deberían sentir que tienen que elegir

Cuando no puedes ver a tus hijos, es comprensible sentir rabia, impotencia y miedo a que se olviden de ti.

Pero ellos no deberían cargar con la responsabilidad de arreglar el conflicto de los adultos.

No les pidas que elijan. No hables mal de su otro progenitor delante de ellos. No conviertas cada llamada en un interrogatorio. No les hagas sentir culpables por disfrutar del tiempo en la otra casa.

Proteger el vínculo también significa ofrecerles un espacio en el que puedan quereros a ambos sin miedo.

Reclamar que se respete tu relación con tus hijos no es buscar una guerra. Puede ser precisamente la forma de evitar que el conflicto termine ocupándolo todo.

Cuéntanos qué está ocurriendo

En YUSLEX podemos revisar contigo si existe una resolución, qué incumplimientos se han producido, qué pruebas tienes y cuál es la forma más razonable de actuar.

Estudiaremos si conviene intentar una solución previa, enviar un requerimiento, solicitar la ejecución de las medidas o iniciar el procedimiento necesario para regular la situación.

Sin promesas imposibles y sin utilizar a tus hijos como argumento de una batalla entre adultos.

Atendemos en Cunit, Calafell, Segur de Calafell, Cubelles y poblaciones cercanas, además de ofrecer atención online.

Teléfono: 611 455 465
Correo electrónico: info@yuslex.com

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Este contenido ofrece información general y no sustituye el asesoramiento jurídico individual. Cada situación familiar debe analizarse atendiendo a las medidas existentes, las circunstancias de los menores y la posible existencia de riesgos.

Contenido revisado en agosto de 2026.